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LUIS ÁLVAREZ LENCERO

Badajoz 1923-08-09 -- Mérida 1983-06-10

Por Antonio Viudas Camarasa

Albacea del espíritu de Manuel Pacheco

Biocronología de Luis Álvarez Lencero

1984

Luis murió figurando en su fe de vida como divorciado. Pudo haberse casado civilmente con María Fe Baigorri, soltera, pero no lo hizo. Un allegado ha referido que su confesor le amenazó con no darle los Santos Sacramentos antes de morir si celebraba nupcias civiles. Otro amigo confiesa que personado el notario en la habitación del hospital de Mérida para testificar que se casaban Luis y María Fe in articulo mortis, ésta, sin que se conozcan las razones, se negó a firmar el documento. La fe profunda de los últimos años de Luis le hizo seguir los consejos del sacerdote emeritense. El proceso de nulidad matrimonial seguía en marcha... pero no tuvo tanta suerte como los famosos de la época que la consiguieron de los tribunales eclesiásticos y del Tribunal de la Rota. Luis murió sin deudas grandes, gracias a la gestión de algunos amigos. Murió dejando desconsolada a su amada que le proporcionó apoyo y ganas de vivir durante su última y ajetreada década de existencia. Murió sin dejar viuda ni ascendientes ni descendientes. Algún estudioso, cicateramente documentado, habla muy  impropiamente de la viuda de Luis Álvarez Lencero, refiriéndose a su ex-mujer. Luis no dejó ninguna viuda legal, pero María Fe es para todos los que le conocieron en vida  su viuda moral. Luis murió divorciado. El amor no sabe de pensiones. Su amada, desconsolada e impotente, ante tanto desfase legislativo,  tuvo que hacer valer sus derechos para,  al final de un largo recorrido, tener que soportar, a pesar de haber sido instituida por Luis Álvarez Lencero como  "Heredera Universal de todos sus bienes", la humillación de compartir, con otra persona, una mísera pensión proporcional al tiempo que había convivido con su amado. Los derechos generados por el trabajo del poeta escultor, funcionario del INP, colaboraron a sufragar el día 16 de agosto de 1983 la celebración de la fiesta del día del Carmen, en el chalet que fue de su propiedad, en el 28 aniversario de su boda católica en Guadalupe en 1955.

 

A todas luces el Código Civil, que no se ampara en la Constitución Española de 1978, necesita una concienzuda revisión en numerosos aspectos, pero sobre todo en lo referente al derecho de familia y herencia post-mortem. Si con el divorcio se disuelve todo lazo familiar y patrimonial, ¿Cómo se puede interpretar que los derechos adquiridos por una persona en razón de su trabajo y sus cotizaciones no puedan ser transferidos, por disposición testamentaria, a quien libremente desee quien los ha generado? 

 

Por desgracia el paternalismo mal entendido sigue vigente en numerosos aspectos del Código Civil español que sólo en algunas facetas quiere imitar a la legislación americana, pero no en todos, quedándose en lo relativo al derecho de familia y sucesiones anclado con un lastre consuetudinario trasnochado.

 

El día 23 de marzo de 1998 le pregunté, en mi casa,  a María Fe Baigorri que cuándo se había casado con Luis Álvarez Lencero. Se lamentó de que la Curia eclesiástica les había hecho sufrir muchísimo y que se casaron en el Hospital in articulo mortis. Evidentemente su restricción mental fue muy acertada. Una vez más el amor no quería saber de leyes, pero generaría conflictos hereditarios que Maria Fe Baigorri ha sabido defender en favor de la memoria de Luis Álvarez Lencero. Mari Fe ha sido la depositaria de la herencia cultural de Luis Álvarez Lencero y aunque no encontró a los interlocutores adecuados en vida, gracias a la fidelidad de un amigo de su ser querido,  Juan M. Tena Benítez, su dedicación a la obra literaria y artística del escultor poeta ha propiciado que su legado quede a buen recaudo. Debo reconocer la meritoria orientación del notario de Mérida, Don Rafael Soriano Montalvo, que debió aconsejar a María Fe Baigorrri que figurara detalladamente toda la obra artístico literaria de Luis Álvarez Lencero en la escritura de declaración de heredera, aunque la mayoría de las piezas ya no las recibió su heredera, porque eran propiedad de otros.

  • Enero, 3. Carmen Gómez del Villar Caballero solicita del Alcalde de Colmenar Viejo, deduzco que a efectos de cómputo de pensión de viudedad, en concepto de tiempo convivido con el escultor poeta:

    • "Que desea que se le expida un Certificado como que ha convivido con su esposo en esta localidad, a partir del mes de Diciembre de 1972 hasta el mes de Noviembre de 1974, en la calle Río Genil nº 13 de esta Localidad, siendo el nombre de mi marido D. Luis Álvarez Lencero".

  • Muñoz de la Peña, Arsenio, «La revista Gévora de Lencero y Monterrey», Revista de Estudios Extremeños, XL, 1984, págs. 485-492.

 

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